Procedemos a hablar sobre el modelo 349 sobre la declaración de operaciones intracomunitarias. Desde nuestra asesoría en Sevilla, nos acercamos a este modelo para esclarecer una serie de cuestiones. 

El modelo 349 es una declaración informativa de periodicidad mensual y trimestral. Tanto empresas como autónomos deben presentarlo si han realizado compras o ventas intracomunitarias en otro estado de la Unión Europea. En el caso de ser un país que no pertenece a la Unión Europea, no pertenecería este modelo. Reino Unido ya no estaría incluído en este modelo.

¿Cuándo se considera una operación intracomunitaria?  En el caso que se realicen compras o servicios profesionales, si compras o vendes a particulares no estarían incluidas en el modelo 349. 

El paso previo al modelo 349, es el modelo 036, para poder realizar operaciones intracomunitarias debes darte de alta con ese modelo en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI).  

Así pues para declarar una operación intracomunitaria debes darte de alta en el ROI, emitir una factura sin IVA y tener un CIF intracomunitario. 

Si durante un año no has realizado este tipo de operaciones, la Agencia Tributaria te dará de baja de manera automática.

¿Cuándo se entrega el modelo 349?

Durante los primeros 20 días de cada mes. Pueden darse una serie de supuestos para entregarlo en un plazo o en otro. 

  • Periodicidad mensual: Si las operaciones intracomunitarias ascienden a un valor superior a 50.000€ (SIN IVA). 
  • Periodicidad trimestral: El subtotal del trimestre no debe sobrepasar los 50.000€ (SIN IVA). 

¿Quién debe presentar el modelo 349? 

Debes presentar el modelo 349 si realizas operaciones intracomunitarias. Se deben dar una serie de pasos: 

  • La compraventa o servicio debe haberse realizado en algún país europeo con una serie de impuestos diferentes a los de España. Cabe señalar que Canarias, Ceuta y Melilla, a pesar de tener un impuesto diferente estarían incluidas en las importaciones o exportaciones. 
  • El sujeto debe ser una sociedad o un autónomo
  • Ambos sujetos deben estar dados de alta como operadores intracomunitarios. 

¿Qué pasa si lo presento fuera de plazo?

Recibirás una sanción en base al tiempo que te hayas demorado. La multa fijada es de 20€ por cada dato. Se fija un importe mínimo de 300€ y máximo de 20.000€. Si lo presentas antes de recibir la notificación de demora la multa se divide por 2. 

¿Por qué confiar en una asesoría en Sevilla

La importancia de entregar bien cada modelo en la agencia tributaria te ahorrará tiempo y dinero. Nuestra gestoria sevilla cuenta con años de experiencia realizando todos los trámites de empresas y autónomos. Disfruta de nuestros servicios de asesoría fiscal para cumplimentar todos los modelos.

Somos una asesoría de referencia, salimos en medios como en La Vanguardia de Sevilla.

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