El Modelo 347 es una herramienta que la Agencia Tributaria utiliza para obtener información detallada sobre las transacciones económicas entre empresas y profesionales. A través de esta declaración, se reportan las operaciones que, en su conjunto, con una misma persona o entidad, superan los 3.005,06 euros en un año, incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este modelo es esencial para el control fiscal, ya que permite detectar posibles discrepancias o fraudes al comparar la información proporcionada por las distintas partes involucradas en las transacciones.
¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 347?
Están obligados a presentar el Modelo 347 todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (empresas), tanto públicas como privadas, que en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional hayan realizado operaciones con terceros que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente. Esto incluye tanto a proveedores como a clientes, ya que la declaración debe reflejar todas las transacciones relevantes para garantizar la transparencia fiscal.
Sin embargo, existen ciertas excepciones a esta obligación:
- Personas o entidades no establecidas en España: Aquellas que, aunque realicen actividades en territorio español, no tienen en él su sede de actividad, establecimiento permanente o domicilio fiscal.
- Contribuyentes en régimen de estimación objetiva y regímenes especiales de IVA: Personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en el IRPF por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los regímenes simplificado, de agricultura, ganadería y pesca o de recargo de equivalencia.
- Operaciones excluidas de la obligación de declarar: Aquellas operaciones que ya se informan en otras declaraciones específicas o que están exentas según la normativa vigente.
Es importante destacar que, aunque una entidad o persona esté exenta de presentar el Modelo 347, debe asegurarse de que sus operaciones no superen los límites establecidos o que no se encuentren dentro de las categorías que obligan a su presentación.

¿Qué operaciones deben incluirse en el Modelo 347?
En el Modelo 347 deben declararse todas aquellas operaciones que, en su conjunto y con una misma persona o entidad, superen los 3.005,06 euros durante el año natural. Entre las operaciones más comunes que deben incluirse se encuentran:
- Entregas y adquisiciones de bienes y servicios: Tanto las sujetas y no exentas de IVA como las que no están sujetas o exentas de dicho impuesto.
- Operaciones inmobiliarias: Como alquileres de locales de negocio no sujetos a retención o compraventa de inmuebles.
- Subvenciones y ayudas no reembolsables: Recibidas en el desarrollo de la actividad empresarial o profesional.
- Operaciones de entidades aseguradoras: Referentes a primas o indemnizaciones satisfechas.
- Anticipos de clientes y proveedores: Que no se hayan materializado en una operación efectiva durante el año.
Es fundamental llevar un registro detallado de todas las operaciones realizadas, ya que la información debe coincidir con la proporcionada por las otras partes involucradas. Cualquier discrepancia puede dar lugar a requerimientos por parte de la Agencia Tributaria.
Plazos de presentación del Modelo 347
El Modelo 347 tiene una periodicidad anual y debe presentarse durante el mes de febrero del año siguiente al que se refieren las operaciones declaradas. Por ejemplo, las operaciones realizadas en 2024 deberán declararse entre el 1 y el 28 de febrero de 2025. Es importante tener en cuenta que, en caso de problemas técnicos que impidan la presentación telemática en el plazo establecido, se dispone de un período adicional de cuatro días naturales para subsanar la situación.

¿Cómo puede ayudarte Abadro Asesores a realizar el Modelo 347?
En Abadro Asesores, entendemos que cumplir con todas las obligaciones fiscales puede ser complicado, especialmente cuando se trata de declaraciones informativas como el Modelo 347. Por ello, ofrecemos un servicio personalizado para ayudarte a realizar este trámite de manera correcta y dentro de los plazos establecidos.
Nuestro equipo de expertos en asesoría fiscal se encarga de:
- Revisión y validación de las operaciones: Nos aseguramos de que todas las transacciones que deben incluirse en el Modelo 347 estén correctamente registradas y que los importes y los datos de los clientes y proveedores sean precisos.
- Cumplimiento de los plazos: Nos encargamos de gestionar la presentación telemática del Modelo 347 en el plazo establecido, evitando posibles sanciones por retrasos.
- Asesoramiento personalizado: Te orientamos sobre qué operaciones deben ser incluidas y te ayudamos a resolver cualquier duda sobre las excepciones y particularidades que puedan aplicar a tu caso.
Con Abadro Asesores, podrás cumplir con todas tus obligaciones fiscales de manera tranquila, sabiendo que cuentas con un equipo profesional que vela por tus intereses.
